Ley 27551

Esta ley modifica el código Civil y Comercial de la nación

Principales ítems:

  • Plazo mínimo: 3 años
  • Deposito: Un mes de alquiler inicial (se devolverá actualizado al valor del último mes de locación).
  • Destino Habitacional (Vivienda): No podrá requerirse más de un mes adelantado.
  • Intervención Inmobiliaria: Solo profesionales matriculados
  • Rescisiones:  Transcurrido 6 meses de locación, previo aviso de 90 días al locador, la rescisión es sin indemnización a cargo del locatario.
  • Renovaciones de Contrato: Cualquiera de las partes puede convocar a la otra a renovar dentro de los 90 días antes del vencimiento. En caso de falta de respuesta o negativa, el contrato se resuelve sin indemnización alguna.

Precio del Alquiler: se deberá especificar un valor único y por periodos mensuales.

Actualización: Solo pueden realizarse ajustes anuales por índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y a la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Seguiremos ampliando sobre cada modificación.

ABATE PROPIEDADES.